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Nov

Vigente la “Ley del Ducto”: libertad en servicios de telecomunicaciones en loteos y edificios

Vigente la “Ley del Ducto”: libertad en servicios de telecomunicaciones en loteos y edificios

Recientemente fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 10 que vela por la libre elección de servicios de cable, internet y telefonía en proyectos de loteo y edificación, incorporándose obligaciones para quienes edifiquen dicho tipo de proyectos en cuanto a equipamientos necesarios para la futura operación de diversos operadores de este tipo de servicios. Con anterioridad, las inmobiliarias firmaban acuerdos de exclusividad con prestadores específicos, lo cual impedía que los propietarios elijan con libertad en este ámbito. La norma técnica dispone el tipo de construcciones que cada proyecto debe considerar para permitir que diversas empresas de telecomunicaciones puedan operar en forma simultánea, estableciéndose de esta forma una red interna de telecomunicaciones en cada loteo o edificación. Para ello, se dispuso la creación de un Registro de Proyectos Inmobiliarios en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y la inscripción de los proyectos en dicho registro es necesaria para la obtención del permiso de obra y la posterior recepción municipal. Respecto de los proyectos existentes, la normativa exige a los operadores dar acceso a otras empresas del rubro, compartiendo las instalaciones existentes, a fin de garantizar el cumplimiento del principio de libertad de elección en estos casos. Crédito imagen: Subtel.